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¡Al calabozo!

Ali Sale Kahlah... un ejemplo de la pérdida de habeas corpus

El último y más horroroso asalto sobre el Habeas Corpus de la administración de Bush.
Por Emily Bazelon - slate magazine 30 noviembre 2006

En su libro "Nunca jamás", el ex Fiscal General John Ashcroft describe el arresto hace 5 años de Ali Saleh Kahlah al-Marri en su casa de Peoria, Illinois. Al-Marri fue arrestado como testigo material en la investigación del 11/9 y acusado de fraude con tarjetas de crédito y realizar falsas declaraciones al FBI. Su caso estaba a un mes del juicio en el tribunal federal.

Y luego no estaba.

Al-Marri "rechazó numerosas ofertas de mejorar su situación cooperando con los investigadores del FBI y proporcionando información", escribe Ashcroft, y "por consiguiente", el Presidente Bush lo declaró enemigo combatiente.

Ashcroft apunta que bajo las leyes de guerra, un enemigo combatiente puede incluso ser asesinado en el lugar por el gobierno. El gobierno detuvo su fuego en Peoria. Pero retiene a al-Marri "sin cargos ni juicio hasta el final de la guerra", como lo describe Ashcroft. Y el gobierno cree tener una nueva herramienta para hacerlo: la Comisión Militar de Actos (MCA, por sus siglas en inglés) del 2006.

Esta es la ley que el Congreso se apresuró a pasar para privar a los detenidos de Guantánamo de sus derechos de desafiar sus detenciones trayendo peticiones de Habeas Corpus a la corte federal. La MCA pudiera haber sido limitada a las personas que han sido arrestadas fuera de los Estados Unidos.

Pero su lenguaje es más amplio: excluye reclamaciones de habeas de cualquier no-ciudadano que haya sido determinado por el gobierno como enemigo combatiente (o "aguardando tal determinación"). Esto, argumenta el gobierno, significa que puede detener a al-Marri en Peoria un día y el siguiente encerrarlo en un calabozo Militar indefinidamente, sin ninguna oportunidad de redirigir en la corte. Y si puede hacer esto a al-Marri, entonces aparentemente puede hacer lo mismo a cualquier otro inmigrante que entre en una lista de terroristas vigilados. (Y sabemos cuán poco fiables pueden ser esas listas: Vea las noticias hoy sobre el acuerdo de los 2 millones de dólares que el gobierno está pagando a Brandon Mayfield, el abogado de Oregon que fue erróneamente encarcelado por una supuesta conexión con las bombas del 2004 en Madrid).

El manejo del gobierno sobre al-Marri está totalmente fuera de la práctica histórica. Los no-ciudadanos en Estados Unidos tienen derechos constitucionales, incluyendo el derecho al proceso debido si enfrentan cargos criminales. Cuando son condenados, rutinariamente archivan peticiones de Habeas, como lo han hecho durante siglos. El Tribunal Supremo explicó todo esto en un caso en el 2001, INS versus St. Cyr, en el cual el gobierno quería deportar a un inmigrante condenado por un crimen sin ninguna revisión judicial. El Tribunal lo prohibió, diciendo que la constitución protege los derechos de "todas las personas en los Estados Unidos".

La decisión de St. Cyr apuntó que negar a los inmigrantes sus derechos al Habeas crea serios problemas constitucionales. La constitución dice que el Congreso puede suspender los derechos al habeas sólo "cuando, en Casos de Rebelión o Invasión, la Seguridad pública lo requiere". La resolución ha sido suspendida sólo cuatro veces en la historia de Estados Unidos; la última fue en 1941 en Hawai justo después del ataque de Pearl Harbor, según este expediente.

El Congreso no dijo nada acerca de una rebelión o una invasión cuando pasó por la MCA. ¿Cómo podía hacerlo? Nadie ha estado asaltando las costas o fomentando la insurrección últimamente. De modo que cuando la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito escuche el caso de al-Marri en enero, el gobierno probablemente argumentará que los derechos de Habeas de al-Marri no han sido realmente suspendidos -porque la CMA le brinda una ruta alternativa para desafiar su detención. Lo que al-Marri obtiene en cambio es una vista previa de un tribunal de revisión de su estatus de combatiente, donde el gobierno logra incluir evidencia que incluye rumores y un testimonio coaccionado, testimonio que al-Marri ni siquiera logró escuchar. Si el tribunal declara que es un enemigo combatiente, como dice el presidente, al-Marri puede apelar ante la Corte de Apelaciones de E.E.U.U. del Circuito D.C. No está claro lo que la corte puede hacer con una apelación, porque no ha decidido un caso relevante hasta ahora.

De modo que el Cuarto Circuito -y eventualmente el Tribunal Supremo- tendrá que decidir si un CSRT y una revisión indefinida del Circuito D.C. son el equivalente a un consagrado, protegido habeas. Esa es la gran pregunta que también se aplica a los detenidos de Guantánamo. (Aunque ellos no tengan la ventaja de haber sido detenidos en Peoria).

Como toda la idea de petición de habeas es que puedas presentar hechos para explicar el por qué eres inocente, o por qué tu procesamiento fue ilegal, es difícil ver cómo una revisión que descansa en el CRST pueda acercarse a igualar los derechos de habeas. CSRT es justicia unilateral -hacia el lado del gobierno. Escuche estas cintas de ellos. Las cortes de Apelaciones como la del Circuito D.C. no recogen sus propios testimonios. Confían en las cintas que fueron desarrolladas por el tribunal de primera instancia, o una agencia administrativa como la INS, o, en estos casos, la CSRT.

Entonces si el registro en la CSRT es unilateral, el Circuito D.C. no puede arreglar las cosas para al-Marri realizando su propio re-hacer. También hay otros problemas: Si un CSRT absolviera a un detenido, no está claro qué le pasaría si el gobierno se negara a dejarle ir. ¿Cuál es el remedio?

Esta no es una pregunta, sin embargo, a la cual al-Marri debería buscar respuesta. Él debería quedarse en el tribunal federal, donde pertenece la gente arrestada en Peoria.

 

NOTA de Elmounstruario: por el interés particular que este tema tiene para nuestros compatriotas, hombres y mujeres que se encuentran en una posición aún mas vulnerable en Estados Unidos -ya que cualquiera de ellos podria ver su derecho al Habeas Corpus revocado- ElMounstruario.com traduce y reproduce este artículo para que sea conocido en Honduras. ¡Gracias, bella, por la traducción!

 

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